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Cambios normativos para el ejercicio 2015

  • Se modifica la deducibilidad de las pérdidas por deterioro del inmovilizado material, incluido el fondo de comercio, y de las inversiones inmobiliarias.
  • Nuevas modificaciones en relación a las amortizaciones que se pueden deducir.
  • Se elimina la deducibilidad de los intereses por préstamos entre participadas.
  • Se permite la deducibilidad de las retribuciones de los administradores en determinadas circunstancias.
  • Las sociedades civiles, siempre que tengan objeto mercantil pasan a tributar por el impuesto de sociedades, homologación para el caso de comunidades de bienes.
  • Los tipos del impuesto de sociedades pasa del 30% al 28 % para el ejercicio 2015.
  • Se crea una reserva de capitalización, que va a permitir deducir el 10% de los beneficios no repartidos, la cual está exenta de tributación, así como se establece reserva de nivelación para el caso de las Pymes.
  • Los nuevos emprendedores disfrutarán de una fiscalidad reducida del 15%.
  • En cuanto a los autónomos se establecen alguna medida nueva: se limitará a los autónomos que vendan directamente al cliente final.
  • Se bajarán las retenciones profesionales del 21% al 19%.
  • La retención para autónomos con rentas bajas será del 15% si los ingresos son inferiores a 15.000 euros año.
  • Se mantiene el tipo reducido del 15% hasta el tramo de los primeros 300.000 euros de beneficio (20% para el resto) para empresas de nueva creación amparadas en la Ley de Emprendedores.
  • Seis meses para que los impagos reduzcan la base imponible del IVA.
  • Se elimina la exención de 1.500 euros por cobro de dividendos.
  • Se limita a 8.000 euros las aportaciones máximas a planes de pensiones con derecho a deducción en el IRPF.
  • El mínimo personal del IRPF se eleva a 5.500 euros en el 2015, se incrementan los mínimos familiares con beneficios fiscales para familias o personas con discapacidad y/o personal dependiente a cargo, acumulable a la deducción actual por cuidado de hijos menores de tres años, especial para familias numerosas o con hijos discapacitados.
  • Eliminación de la desgravación por alquiler de vivienda habitual para los contratos que se formalicen a partir del 1 de enero del 2015.
  • Eliminación de los coeficientes de abatimiento para transacciones de elementos patrimoniales adquiridos con fecha anterior a 31 de diciembre del 1994 y de actualización, esto incide en decisiones de venta de inmuebles antiguos, carteras de inversión etc.
  • Reducciones del 80% para aquellas empresas que consuman un 50% del coste de su producto en electricidad.
  • Cambio en el plazo para la modificación de la base imponible en el caso de concurso de acreedores respecto al IVA.
  • Posibilidad de diferir el pago del IVA en las importaciones.
  • Cambios normativos profundos en la Ley Concursal derivados de las normas legales aprobadas en el ejercicio actual.

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